Validación de círculos. Artículo 4
Artículo 4. La Comisión de Garantías asegurará con carácter previo a la constitución definitiva del círculo el cumplimiento de las disposiciones de este Título.
En caso de que se suscitaran dudas razonables sobre la viabilidad o la correcta adecuación de un círculo a este protocolo, la Comisión de Garantías consultará a la Comisión de Extensión competente sobre las mismas.
Podrá entenderse como silencio administrativo positivo el que no existiera resolución de la Comisión de Garantías en un plazo de 30 días.
También podéis participar en los debates de Plaza Podemos donde encontraréis el documento original escrito por el Equipo Técnico.
Victor Thu 28 Aug 2014 10:55PM
En este caso, hasta que no se aclaren las funciones de las comisiones de extensión, este punto no debería estar articulado.
ANTONIO GALLACH ESPIN Fri 29 Aug 2014 6:30AM
¿Que disposición expone el título?
Tony G. Bolaño Fri 29 Aug 2014 11:10AM
El caso es que la única referencia que se hace a las comisiones de extensión es en la Guía de creación de círculos y, de lo que allí se dice, no entiendo por qué hay que preguntar a dicha comisión.
¿Me he perdido algo?
Alberto J. Fri 29 Aug 2014 3:46PM
Es lo que se decide hoy Viernes, igual va al hilo de este artículo.
amon Sat 30 Aug 2014 12:18AM
me abstengo, de momento.
Paco Gª Palau · Thu 28 Aug 2014 12:14PM
Lo que decidais la mayoria,no se que decir al respecto por el momento.