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Thu 14 Aug 2014 9:18PM

PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS CAPÍTULO 7. LA ESTRUCTURA TERRITORIAL SOBRE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL

SP Silvia Pérez Public Seen by 19

SOBRE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
A nivel municipal, se proponen dos tipos de organización para podemos: una estructura
simple y una más compleja para municipios con más de 200 miembros.
Estructura organizativa para municipios con menos de 200 miembros.
En los municipios con menos de 200 afiliados, la estructura no tendrá más órgano que
la propia Asamblea Ciudadana.
Las Competencias de la Asamblea Ciudadana en estos municipios serán:
a) Adaptar la línea política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del
programa de Podemos al municipio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las
listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el
municipio.
e) Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito municipal los principios en
base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras
fuerzas políticas y sociales.
j) Definir las funciones y forma de coordinación con círculos de otros municipios.
En estos casos, la función de portavocía o responsables de área, de medios, etc. será
elegida de manera rotatoria de acuerdo con los criterios que establezca la propia Asamblea.

Estructura organizativa para municipios con más de 200 miembros.
A nivel municipal, la Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de PODEMOS y
estará integrada por todos los miembros de los Círculos existentes en el municipio.
La Asamblea Ciudadana comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en la
localidad, con independencia del Círculo al que pertenezcan.
Esta Asamblea Ciudadana municipal deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el
derecho a voz y voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación,
herramientas de votación, retransmisiones en streaming para seguir los momentos de
deliberación presencial, puntos de votación no telemáticos, etc.)
Entre sus funciones hay que señalar:
a) Adaptar la línea política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del
programa de Podemos al municipio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las
listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el
municipio.
e) Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito municipal los principios en
base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras
fuerzas políticas y sociales.

e) Elegir un Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio, mediante un sistema de
listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano del círculo
para el municipio es el máximo órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas
municipales.
f) Definir las funciones del Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio.
g) Elegir al/la Portavoz de Podemos en el municipio mediante un sistema electoral de
voto directo.
h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el municipio y las competencias
de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de
ámbito territorial menor al municipio, en caso de que existan.
j) Definir las funciones y forma de coordinación con círculos de otros municipios.