Thu 28 Aug 2014 7:55AM
Validación de círculos. Artículo 9
Tony G. Bolaño
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PROTOCOLO DE VALIDACIÓN DE CÍRCULOS
TÍTULO I. SOBRE LA CONSTITUCIÓN Y DISOLUCIÓN DE CÍRCULOS
Sección 3. Sobre la disolución de círculos
Artículo 9. En caso de disolución de un círculo, su patrimonio pasará a formar parte del patrimonio del órgano territorial inmediatamente superior.
También podéis participar en los debates de Plaza Podemos donde encontraréis el documento original escrito por el Equipo Técnico.
Tony G. Bolaño Sat 30 Aug 2014 7:23AM
Me gusta la idea @amon, de esta forma podría pasar a otros círculos con menos recursos.
amon · Sat 30 Aug 2014 12:16AM
Artículo 9. En caso de disolución de un círculo, su patrimonio pasará a formar parte del patrimonio del órgano territorial inmediatamente superior.
Yo diría:
Articulo 9. En caso de disolución de un círculo, su patrimonio estará a disposición de las necesidades de los demás círculos de su municipio. En caso de no existir más círculos en ese municipio, quedará a disposición de las necesidades de los círculos de la provincia correspondiente.