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Thu 14 Aug 2014 9:07PM

PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS CAPÍTULO 3. EL CONSEJO CIUDADANO

SP Silvia Pérez Public Seen by 56

CAPÍTULO 3. EL CONSEJO CIUDADANO

El Consejo Ciudadano es el máximo órgano entre Asambleas Ciudadanas y su función es la de
dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a las
circunstancias del momento. Aprobará los borradores básicos de los programas electorales de
PODEMOS que, posteriormente, se discutirán de manera abierta por todos los miembros a
través de los procedimientos (telemáticos o presenciales) habilitados para ello.
El Consejo Ciudadano impulsará y controlará la actuación del resto de los órganos de
PODEMOS.
El Consejo Ciudadano está compuesto por 80 miembros y organizado por Áreas de Trabajo.
Sus miembros serán elegidos en la Asamblea Ciudadana a través de listas abiertas, sólo
corregidas con criterios de género garantizando una distribución que nunca exceda la
proporción 40/60. Su mandato tendrá una duración de tres años.
El Consejo Ciudadano se regirá por un reglamento interno que elaborará a iniciativa propia y
necesitará, para su aprobación, de la mayoría absoluta de sus miembros.
El Consejo Ciudadano elegirá entre sus miembros en su primera reunión un coordinador/a del
Consejo. La elección de este/a coordinador/a requerirá de una mayoría absoluta de los votos
en primera vuelta y de una mayoría simple en segunda vuelta.
Los miembros del Consejo Ciudadano podrán ser revocados mediante un referéndum. Para
iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo
Ciudadano será necesario aportar el aval de un 30% de los miembros de PODEMOS. El
Consejo Ciudadano actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el proceso
electoral de revocación que tendrá que llevarse a cargo sobre el mismo cuerpo electoral que
eligió al miembro del Consejo. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter
individual.
Son funciones del Consejo Ciudadano:

a) Dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y
adaptarla a las circunstancias del momento.

b) Elaborar y aprobar los borradores de los programas electorales de PODEMOS que,
posteriormente, se discutirán de manera abierta a través de los procedimientos
habilitados para ello.

c) Impulsar y controlar la actuación de los órganos de gobierno de PODEMOS.

d) Convocar las Asambleas Ciudadanas ordinarias y extraordinarias y nombrar a los y
las integrantes de la Mesa de Organización de las Asambleas Ciudadanas
Ordinarias y Extraordinarias.

e)Nombrar, a propuesta del/a Portavoz de Podemos, los/as integrantes del Consejo
de Coordinación.

f)Definir, en cada proceso electoral, el procedimiento mediante el cual se elaborarán
las listas electorales.

g)Determinar los procedimientos que permitirán definir relaciones y posibles
alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales en cada proceso electoral.

h) Definir las Áreas en las que se articula el trabajo de Consejo Ciudadano,
incluyendo necesariamente el área de Organización, y elegir por mayoría simple a
las personas que se encargarán de coordinar cada área de trabajo.

i) Hacer seguimiento semestral, como mínimo, de las distintas responsabilidades del
Consejo de Coordinación y su ejercicio.

j) Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio.

k)Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las campañas
específicas a nivel estatal.

l) Elaborar y actualizar periódicamente el “Libro de Registro de Afiliados” y
garantizar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley de
Protección de Datos.

0MB

0skar martin blanco Tue 19 Aug 2014 11:42PM

Tres años es mucho .....tendría que ser todos los años una general

G

Gabriel Wed 20 Aug 2014 10:25AM

Cortes Generales-Comité Central-Comité Federal-Consejo Ciudadano- La democracia avanza...

A

angel Wed 3 Sep 2014 5:48AM

Creo que el consejo su función es recoger el día a día de la toma de decisiones del representante de Podemos en el municipio, comunidad o congreso de diputados, llevarlas a la asamblea, y una vez que esta a decidido informar al representante que tiene hacer.

JO

Juan Otero Sun 7 Sep 2014 2:05PM

e)Nombrar, a propuesta del/a Portavoz de Podemos, los/as integrantes del Consejo
de Coordinación.

no estoy de acuerdo en este punto, debe ser la propia asamblea del CC quien lo proponga

A

angel Sun 7 Sep 2014 8:11PM

Yo creo que tiene que ser la asamblea de ciudadanos. Y con un consejo vale o de coordinación o consultivo. No es bueno multiplicar los entes sin necesidad.

JO

Juan Otero Sun 14 Sep 2014 5:03PM

Correcto, pero no debe haber un Portavoz que tenga mayor privilegio a la hora de proponer a nadie

A

angel Mon 15 Sep 2014 5:42PM

Los privilegios ya han hecho mucho daño a lo largo de la Historia. Yo creo que tanto el consultivo, como el coordinativo (si es necesario para repartir el trabajo), el portavoz, el consejo de garantías y los cargos electos tienen que salir de la asamblea de ciudadanos, por que es la única soberana.

JO

Juan Otero Sun 21 Sep 2014 1:15PM

Exacto @angel19, una cosa es que haya un Consejo Coordinativo, Comité Local, Consejo de secretarios o como se decida llamar para gestiones y otras que tengan privilegios, ahí se crea desigualdad