PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS CAPÍTULO 7. LA ESTRUCTURA TERRITORIAL SOBRE LA ORGANIZACIÓN AUTONÓMICA
SOBRE LA ORGANIZACIÓN AUTONÓMICA
A nivel autonómico se replicará el modelo municipal basado en los principios organizativos
de los círculos.
En ese sentido la Asamblea Ciudadana de la Comunidad Autónoma es el máximo órgano de
decisión de PODEMOS en ese ámbito territorial. Esta Asamblea Ciudadana comprenderá a
todos los miembros de PODEMOS residentes en dicho ámbito.
Esta Asamblea Ciudadana deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y
voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación, herramientas de
votación, retransmisiones en streaming para seguir los momentos de deliberación presencial,
puntos de votación no telemáticos, etc.)
Entre sus funciones hay que señalar:
a) Adaptar la línea política de Podemos al terrritorio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del
programa de Podemos al territorio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las
listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el territorio.
e) Determinar la forma en la que se traducirán al ámbito autonómico los principios en
base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras
fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio, mediante un sistema de
listas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Autonómico es
el máximo órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas autonómicas.
f) Definir las funciones del Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio,
g) Elegir al/la Portavoz de Podemos en el territorio mediante un sistema electoral de
voto directo.
h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el territorio y las competencias
de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbito
territorial municipal.