Loomio
Thu 28 Aug 2014 7:56AM

Validación de círculos. Artículo 12

TGB Tony G. Bolaño Public Seen by 15

PROTOCOLO DE VALIDACIÓN DE CÍRCULOS

TÍTULO II.­ PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE LOS CÍRCULOS

Artículo 12. Sobre los procesos de toma de decisiones en los círculos.

a) Los círculos son soberanos para tomar decisiones en su ámbito territorial/sectorial, siempre que no contravengan y sean coherentes con la política general de la organización, en particular con las decisiones de los órganos electos de mayor representatividad territorial.

b) Los círculos harán públicas las convocatorias de sus asambleas y los órdenes del día con antelación suficiente, así como las actas aprobadas por la asamblea. Cuando se produzcan votaciones, habrá que consignar en el acta al menos los votos a favor, los votos en contra y las abstenciones.

c) La elección de los órganos, espacios de trabajo y responsables de áreas o tareas en los círculos se realizará siempre en asamblea, y existirán siempre mecanismos de revocabilidad.

d) Para decisiones relativas a:

  • elección, modificación y revocación de responsables y órganos;
  • modificaciones estatutarias o de reglamentos internos;
  • procesos electorales;
  • o aquellas que por su trascendencia pudieran definir o afectar a la imagen pública de Podemos en la localidad se requerirá:

    1. un quórum mínimo del 10% de los inscritos de Podemos en el territorio.
    2. En cualquier caso, la asamblea debe garantizar que la participación en la toma de cualquier decisión del círculo cuenta al menos con el 50% de los participantes inicialmente asistentes a la sesión.
    3. Un proceso de votación que será necesariamente telemático, además de presencial, y cumplirá con los debidos requisitosde anuncio, exposición pública del caso y debate y periodo de votación suficiente.
    4. En estos procesos de votación sólo podrán participar los miembros censados de PODEMOS del ámbito territorial.

    De no lograr superar estos requisitos el círculo podrá seguir adelante con la decisión previa consulta con el Consejo Ciudadano territorial de ámbito inmediatamente superior.

También podéis participar en los debates de Plaza Podemos donde encontraréis el documento original escrito por el Equipo Técnico.

A

ALFONSO Thu 28 Aug 2014 8:31AM

ELIMINARIA: en particular con las decisiones de los órganos electos de mayor representatividad territorial..

A

ALFONSO Thu 28 Aug 2014 8:32AM

ELIMINARIA:De no lograr superar estos requisitos el círculo podrá seguir adelante con la decisión previa consulta con el Consejo Ciudadano territorial de ámbito inmediatamente superior.

MAC

Miguel Angel Cano Thu 28 Aug 2014 9:00AM

@alfonso4, entiendo que si se elimina el último párrafo, de no lograr superar los requisitos, el círculo no podría seguir adelante con cualquiera de las 4 decisiones del punto 4 que se hubiera tomado, ¿verdad?

A

ALFONSO Thu 28 Aug 2014 9:02AM

SI

A

ALFONSO Thu 28 Aug 2014 9:06AM

Leido todo el documento yo solo hago bajo mi modesto entender esas correcciones y las hago mas que nada por que sigo en la linea de dar a los círculos el mayor de los valores como piedra fundamental de PODEMOS solo por debajo de la de todos y cada uno de sus miembros.

MAC

Miguel Angel Cano Thu 28 Aug 2014 9:12AM

Me surge una duda: según la Disposición transitoria 1 y este artículo en concreto ¿los círculos tendrían que realizar un proceso para la elección, modificación y revocación de responsables y órganos (entendiendo que son relativos a cada círculo)?. Las personas que hasta ese momento se hayan involucrado en las comisiones, ¿deberían cesar en su cargo hasta que se haga ese proceso de elección?

TGB

Tony G. Bolaño Thu 28 Aug 2014 9:31AM

Los órganos electos lo son por la mayoría de los "afiliados" a PODEMOS, mientras que las decisiones del círculo se toman en la asamblea, en la que tienen derecho a voz y voto todos los ciudadanos del mundo. Teniendo en cuenta este contexto, no parece muy lógico, aceptar una decisión contraria a la de la mayoría de los afiliados, que, además, tienen opción de revocación de cualquiera de los miembros del nombrado órgano electo de mayor representación territorial, en caso de que sus decisiones no se correspondan con la voz de la mayoría que lo eligió.

Un asunto diferente es que no se pudieran hacer llegar propuestas o que éstas no fueran atendidas por los órganos electos de representación, en cuyo caso, de nuevo, se puede ejercer el derecho de revocación.

A este respecto, hemos de tener en cuenta, que la elección de los órganos de representación se realiza inevitablemente bajo la premisa de un ciudadano-un voto, mientras que cualquiera puede emitir su voto en absolutamente todos los círculos, lo que implicaría que un grupo de personas con mayor interés en dirigir una propuesta en una dirección determinada, podría votar en múltiples círculos, lo que supondría que su voto contaría más que el de aquellos que solamente votan en su círculo.

TGB

Tony G. Bolaño Thu 28 Aug 2014 9:43AM

Respecto a los requisitos del punto d). Me parece que en ocasiones hay decisiones que no pueden ser aplazadas por su carácter urgente.
Impedir la toma de decisiones puede no ser una opción adecuada, atendiendo a que esta aclaración solamente hace referencia a los casos de mayor trascendencia.
En estos casos y atendiendo al carácter de diálogo propuesto por PODEMOS, parece lógico hablar del tema, en este caso, con los únicos que territorialmente se ven afectados por la decisión, como es el Consejo Ciudadano que, de nuevo, está elegido por la mayoría de los afiliados y sobre el que se puede ejercer el derecho de revocación, en caso de decisiones no representativas de la voluntad de los ciudadanos.

MAC

Miguel Angel Cano Thu 28 Aug 2014 9:50AM

Interesante reflexión @tonybolanyo

MAC

Miguel Angel Cano Thu 28 Aug 2014 10:25AM

No estoy tan seguro de que no sea lógico que en un círculo se acepte una decisión contraria a la de la mayoría de los afiliados, ya que las decisiones que se acepten afectarán a los ciudadanos de la misma manera independientemente de ser o no afiliado.
Bien es cierto que en principio una persona o grupos de personas con interés en sacar una propuesta podrían votar en múltiples círculos, haciendo más valioso su voto que el de una persona que sólamente vota en su círculo.
Si todos los votos fueran telemáticos, los de los afiliados a través de su código a la hora de inscribirse, y los de los no afiliados a través de su dni, ¿podría evitarse esa situación?
Un afiliado a PODEMOS, ¿debería poder votar en un círculo distinto al de su ámbito territorial?
Yo creía que tenía esto muy claro, gracias @tonybolanyo por hacerme pensar.

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