Sat 16 Aug 2014 2:59PM
Enmienda 10: periodo mínimo entre reuniones del Consejo de Coordinación
Antonio García
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El pre-borrador establece que el Consejo Ciudadano debe reunirse al menos cada seis meses. En cambio, del Consejo de Coordinación no dice nada, con el agravante de que el/la Portavoz tiene plenos poderes ejecutivos entre reuniones (vamos, es "Dios"). Creo que habría que establecer un mínimo.
Encarna Pujante
Fri 5 Sep 2014 7:13AM
Me parece que podia ser excesivo cada mes por lo ya expuesto o por agendas pero para no cerrar opciones yo abogaria por "al menos" cada dos o tres meses
Encarna Pujante Fri 5 Sep 2014 7:10AM
Me he quedado a medias, me refiero a que si surgen temas que por su relevancia deben tratarse antes puede estar perfectamente reglamentado y el "al menos" obliga a en cada uno de esos temas convocar antes.
Elena M. · Mon 1 Sep 2014 1:04PM
Pero reconozco que para la organización puede ser muy beneficioso reuniones mensuales. Por ese motivo, me abstengo.