Validación de círculos. Artículo 1
PROTOCOLO DE VALIDACIÓN DE CÍRCULOS
TÍTULO I. SOBRE LA CONSTITUCIÓN Y DISOLUCIÓN DE CÍRCULOS
Sección I. Sobre los círculos territoriales
Artículo 1. Un círculo territorial requiere para su constitución de una asamblea constituyente en la que participe al menos el 1% de los miembros de Podemos en ese ámbito territorial(#) y en cualquier caso un mínimo de 5 personas.
(#) Entendiendo que los ámbitos territoriales son aquellos reconocidos en el documento de principios organizativos aprobados en la Asamblea Ciudadana.
También podéis participar en los debates de Plaza Podemos donde encontraréis el documento original escrito por el Equipo Técnico.
Tony G. Bolaño Thu 28 Aug 2014 8:27AM
@miguelangelcano no funciona el enlace de tu comentario ¿Te refieres a https://podemos.info/juntos-podemos/?
Miguel Angel Cano Thu 28 Aug 2014 8:30AM
Sí, a eso me refería (ya lo he corregido)
Tony G. Bolaño Thu 28 Aug 2014 9:49AM
Entiendo que para validar un círculo de los ya creados, bastaría con demostrar las condiciones pedidas. Es decir, si un círculo se corresponde con uno de los reconocidos y está formado actualmente por al menos el 1% de afiliados de ese ámbito y conste de al menos 5 personas, quedaría validado.
Respecto al tema de la afiliación, no es necesario que sean públicos, siempre y cuando, en el registro de afiliados se mantenga una relación de pertenencia a círculos. La comprobación la podría realizar perfectamente la Comisión de Garantías antes de la validación definitiva del círculo en cuestión.
Miguel Angel Cano Thu 28 Aug 2014 11:10AM
En ese caso debería modificarse la redacción, yo añadiría:
Si en el momento de la aprobación de este documento un círculo ya se hubiera constituido, bastaría con que esté formado por al menos el 1% de afiliados en ese ámbito y en cualquier caso con un mínimo de 5 personas.
Paco Gª Palau Thu 28 Aug 2014 12:16PM
Me parece bien.
amon Fri 29 Aug 2014 12:11AM
De acuerdo con Miguel Angel.
ANTONIO GALLACH ESPIN Fri 29 Aug 2014 6:36AM
De acuerdo con Miguel y además añadiría siempre que respete los principios éticos de los principios fundamentales de DDHH
Poll Created Fri 29 Aug 2014 7:16AM
Artículo 1 Closed Mon 1 Sep 2014 7:07AM
Teniendo en cuenta los comentarios en el debate propongo la redacción para el artículo 1:
Un círculo territorial requiere para su constitución de una asamblea constituyente en la que participe al menos el 1% de los miembros de Podemos en ese ámbito territorial(#) y en cualquier caso un mínimo de 5 personas.
Si en el momento de la aprobación de este documento un círculo ya se hubiera constituido, bastaría con que esté formado por al menos el 1% de afiliados en ese ámbito y en cualquier caso con un mínimo de 5 personas.
(#) Entendiendo que los ámbitos territoriales son aquellos reconocidos en el documento de principios organizativos aprobados en la Asamblea Ciudadana.
Results
Results | Option | % of points | Voters | |
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Agree | 100.0% | 5 | |
Abstain | 0.0% | 0 | ||
Disagree | 0.0% | 0 | ||
Block | 0.0% | 0 | ||
Undecided | 0% | 32 |
5 of 37 people have participated (13%)
Tony G. Bolaño
Fri 29 Aug 2014 7:36AM
Es una puntualización necesaria para evitar malos entendidos
Miguel Angel Cano · Thu 28 Aug 2014 8:10AM
Si un círculo ya está creado ¿hay que volver a hacer una asamblea constituyente una vez que la validación de círculos esté aprobada?
Cuando se habla de "miembros de Podemos", ¿se está hablando de las personas que se han inscrito aquí?. Entiendo que sí, en ese caso debería ser público el número total de inscritos en el ámbito territorial y un sistema a través del cuál pueden identificarse como tal, para poder cumplir que haya un mínimo del 1%