Loomio
Tue 23 Apr 2019 4:41PM

Urbanismo y vivienda

NEC Navas en común Public Seen by 26
NEC

Navas en común Tue 23 Apr 2019 4:51PM

Este comentario lo suscribe José García-Loygorri :
URBANISMO Y VIVIENDA. (2019-04-23)
Mi intención y mi propuesta ha sido siempre, y lo sigue siendo, la de conseguir y conservar las condiciones para una buena convivencia en este pueblo, aceptando y valorando su pluralidad. Un pueblo singular, residencial en el medio rural, tranquilo y con unas buenas condiciones medioambientales.
Creo que esto es lo que hemos elegido los que aquí hemos decidido vivir, para nosotros y para nuestros hijos.
• No quiero más ampliaciones de suelo urbano. Me parece excesivo lo que ya se hizo en los años noventa. (En aquel entonces sin nuestra participación).
• No quiero grandes promociones de viviendas (ni de hileras de adosados). Prefiero un crecimiento más natural, armónico y ordenado.
Para ello propongo lo siguiente:
• Conservar las características históricas, medioambientales y paisajísticas que nos identifican como un pueblo singular, con su morfología y tipología edificatoria y urbanística. (Programa de 2015 con añadidos en cursiva). (PARA PROGRAMA 2019).
• Estudiar y establecer las modificaciones puntuales de la normativa urbanística que, orientadas al bien común y previa consulta popular, sean planteadas por iniciativa de los vecinos. (PARA PROGRAMA 2019).
• Ampliar la zona de Ordenanza de Manzana Compacta e incentivar en esta zona la promoción de viviendas de tipo social para un uso permanente que consoliden el núcleo urbano y que sean económicamente más asequibles al conseguir una considerable reducción en la repercusión económica del suelo y de la construcción. Esto facilitaría el asentamiento de familias con menores recursos económicos, especialmente jóvenes interesados en residir en este pueblo.
Considero que lo ideal sería realizar pequeñas promociones, agrupaciones de 4-6 viviendas.
• Mantener la ordenanza de vivienda unifamiliar extensiva, con sus condiciones y con parcelas mínimas de 1.000 m2, aprovechando la reciente modificación puntual 01/2015 que posibilita la creación del módulo habitacional.

Algunos antecedentes:
- Las NN.SS (Normas Subsidiarias de Planeamiento) se aprobaron en mayo de 1993 (hace ya más de 20 años) quedando establecida la delimitación del suelo urbano y el grado de protección del resto de suelo municipal no urbanizable. También quedaron establecidas las distintas zonas de ordenanza.
- En diciembre de 1996 se inició una importante modificación puntual que quedó aprobada definitivamente en octubre de 1999.
- Con la mencionada delimitación y clasificación del suelo urbano, los propietarios de las algunas fincas adquirieron unos derechos a urbanizar sus fincas y que ahora resultaría de muy difícil retrocesión.
Zonas de Ordenanza:
1.- Manzana compacta. Aunque hemos presionado mucho, se ha debatido en varias ocasiones y en principio hay acuerdo, de momento ha quedado pendiente su estudio y ampliación. Se pretende facilitar la promoción de viviendas más económicas y/o de carácter social (no necesariamente de promoción pública), en propiedad o alquiler, para quienes quieran fijar aquí su residencia permanente y especialmente para los jóvenes.
Viviendas sociales asequibles para parejas de jóvenes descendientes de los que vivimos ya en el pueblo y que desean emanciparse o simplemente de jóvenes, y si es con hijos pequeños mejor.
Este asunto, que llevamos peleando desde hace varios años, no se resuelve en urbanizaciones como La Granjilla II sino modificando y ampliando la Zona de Ordenanza 1 (Manzana compacta). A ellos ha ido dirigida también la modificación de la Ordenanza 2 que autoriza el Módulo habitacional.
2.- Unifamiliar extensiva. Para viviendas unifamiliares con parcela mínima de 1000 m2 y con la reciente modificación puntual que aumenta sus posibilidades con la autorización del “Módulo habitacional” que permitirá la dotación de otra vivienda adicional complementaria de la vivienda principal. Estas viviendas en módulo complementario, al resultar más económicas, serán también más viables para su alquiler.
3.- Unifamiliar singular. De escasa relevancia puesto que afecta exclusivamente a una pequeña zona consolidada próxima a las vías y la estación del tren. Son viviendas pequeñas que pertenecieron a los antiguos empleados de Renfe.
4.- Unifamiliar en gran parcela. En estas grandes parcelas con edificación protegida, con una reciente modificación puntual se pretende facilitar su rehabilitación y mantenimiento. Se permitirá el uso hostelero y su segregación parcial manteniendo en cualquier caso la superficie de parcela suficiente para conservar su carácter de protección medioambiental y paisajística.
5.- Industrial.
6.- Especial protección. Laguna del Charcón.

P.D: El que quiera alguna aclaración que no dude en preguntarme.

JGG

José García-Loygorri García Tue 23 Apr 2019 5:53PM

Esto lo he iniciado yo, José.

NEC

Navas en común Thu 25 Apr 2019 12:10PM

Hola José desde tu usuario puedes abrir hilo y usar todas las opciones disponibles. Yo uso mi usuario personal o el de Navas en Común según el caso.
Estos textos funcionan desde lo que se llama Markdown que es una forma de dar formato al texto desde un texto plano, es decir cuando quieras poner cursivas como comentas se hace con guiones bajos o asteriscos.... ejemplo Te o comento porque en tu texto comentas algo de cursivas..
Abajo a la izqda tienes una explicación donde pone FORMATO en azul. Lo de vista anticipada sirve para ver como esta quedando el texto...
Te pongo de todas formas aquí un enlace explicativo.
Ánimo que es muy fácil.

JR

Jaime RojoyNegro Tue 23 Apr 2019 7:36PM

Yo propinia para el artículo en cuestión esta forma:
Estudiar y establecer las modificaciones
puntuales de la normativa urbanística que,
orientadas al bien común y previa consulta
popular, sean planteadas por iniciativa de los
vecinos. Tomar las medidas necesarias para fomentar la vivienda social y de alquiler, el reaprovechamiento de edificaciones existentes y el cumplimiento del artículo 28 de la LUCYIL con el objetivo de facilitar el establecimiento de población estable preferentemente joven.